Horarios docentes primaria y secundaria

Miniatura de tabla horarios primaria

CRITERIOS PARA LA ASIGNACIÓN DE CICLOS, ÁREAS Y ACTIVIDADES DOCENTES PARA MAESTRAS Y MAESTROS
Art.73, Orden 29 de junio de 1994
La permanencia de un maestra/o con un mismo grupo de alumnas/os hasta finalizar el ciclo.
La especialidad del puesto de trabajo al que estén adscritos los diferentes maestras/os.
Otras especialidad para las que los maestras/os estén habilitados.

¿QUIÉN ELIGE PRIMERO?
Art. 76, Orden 29 de junio de 1994
1º Miembros del equipo directivo.
2º Maestras/os definitivos dando prioridad a la antigüedad en el centro, contada desde la toma de posesión en el mismo.
3º Maestras/os provisionales, priorizando la antigüedad en el cuerpo
4º Maestras/os interias/os, si los hubiese

Miniatura de tabla horarios secundaria

PROCEDIMIENTO DE ORGANIZACIÓN DE HORARIOS
Orden de 29 de junio de 1994

  • Primer claustro (septiembre): Jefatura de estudios comunica a los departamentos los turnos (mañana, tarde, nocturno,..) y los grupos de alumnas/os para cada materia. (Art.91)
    -En reunión extraordinaria se eligen turno, materias y cursos y se levanta acta. (Art. 92)
    -En el caso de que un departamento tenga que dejar materias, los miembros del mismo decidirán cuáles dejan antes del reparto. Los grupos correspondientes a estas materias no entran en el reparto. (Art. 92.d)
    -Las maestras/os tendrán prioridad para impartir docencia en el primer ciclo de la ESO. (Art. 92.f)
    El profesorado que imparta materias de otro departamento se incoporará también a éste. (Art. 92.h)
    -La aprobación provisional de los horarios del profesorado corresponde al Director/a del instituto y la definitiva al Director/a Provincial, previo informe al Servicio de Inspección. (Art.99)

¿QUIÉN ELIGE PRIMERO?
Orden de 29 de junio de 1994

-Primero: Se elige el turno de trabajo (establecido por Jefatura de Estudios). (Art. 91 y 92)
Prelación o prioridad de elección:
Art. 95, modificado por la Orden ECD/3388/2003
1º Eligirán los funcionario/as docentes con destino definitivo en el centro con el siguiente orden de prioridad:
a) Catedráticos/as de Enseñanza Secundaria
b) Profesorado de Enseñanza Secundaria, Profesorado Técnico de Formación Profesional, Profesorado en Sectores Singulares de Formación Profesional y Profesorado especial de ITEM
2º Funcionarias/os docentes destinados provisionalmente.
3º Profesorado interino (Arts. 96 y 97)
a) Mayor antigüedad en el respectivo cuerpo (servicios prestados como funcionario de carrera en el cuerpo).
b)Mayor antigüedad en el centro
Cuando no haya acuerdo en el departamento, se realizarán sucesivas rondas de elección de un grupo de alumnas/os de la materia y curso que se dee impartir hasta completar horario o reparto (Art. 92.c)

¿CÓMO RECLAMAR MI HORARIO?

  1. El diáloogo con el equipo directivo es la mejor manera de conseguir la satisfacción de todas las partes. Este documento puede servirte de argumentario para razonar con ellos/as.
  2. Si no estás conforme con tu horiro, porque crees que vulnera la normativa o tus derechos, intenta ponerte en contacto con el inspector/a de tu centro para explicar el posible error.
  3. ¿FIRMO O NO FIRMO MI HORARIO? Firmar no supone estar de acuerdo con el horario, puedes añadir NO CONFORME y recurrirlo ante el Director/a Provincial. En cualquier caso, sebes cumplir ese horario durante el proceso de reclamación, ya que podrían expedientarte. ¡EXIGE TU COPIA!
  4. Iniciar un proceso judicial es lento y costoso y puede que la solución llegue cuando no tiene sentido.
CGT Burgos
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